El derecho de autor no
es un derecho fundamental, como sí lo es el derecho
a la protección de datos de carácter personal.
Es un derecho de propiedad y de exclusiva,
ya que configura un monopolio sobre una obra concreta.
Es un derecho que se
caracteriza por su inmaterialidad (hoy
más que nunca con la digitalización de las obras), permitiendo la accesibilidad de un número
indefindo de personas al
mismo.
Es un derecho limitado en el tiempo. Comienza con el momento de
su creación y dura durante toda la vida del autor y 70 años con posterioridad a
su muerte. Después, pasa a ser de dominio público. En otro países como USA o
Mexico son 100 años. La justificación de este traspaso de la propiedad al
dominio público es variada:
1.- Se entiende que son años suficientes para que el autor y
herederos se beneficien de la obra (pueden ser hasta tres generaciones).
Para algunos autores el tiempo de 70 ó 100 años es excesivo.
El derecho de autor tiene dos vertientes:
1.- Los derechos morales
2.- Los derechos de explotación.

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